Asaja Cantabria

La fauna silvestre se ceba con algunas ganaderías de Cantabria

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Los meses de abril, mayo y junio coinciden con la suelta de los animales a los comunales, los partos y, por consiguiente, el aumento de los daños de la fauna silvestre al ganado. Este año, es el primero que coincide con la elaboración del Plan de Gestión del lobo en Cantabria, un borrador que debería terminar de consensuarse para sacarlo a información pública en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).

En estos meses, son muchos los ganaderos que llaman para quejarse de los continuos daños sufridos en sus explotaciones, muchos de los ataques, según indican, se producen ya en el propio pueblo. Un ganadero de Soto de Campoo (Hermandad de Campoo de Suso), Luis Javier Mencía, asegura que ha sufrido en estos meses la baja de 8 potros y que la mitad de ellos no los ha podido declarar como daños porque cuando se levanta a trabajar a las 5-6 de la mañana, los buitres han acabado con las pruebas.

Este ganadero y otros de la zona comentan a esta Asociación que este año están sufriendo más daños que los pasados, y además estos se producen en el propio pueblo y de manera reiterada.

En las fotografías cedidas, se pueden ver a los buitres en los tejados de las casas del pueblo de Soto de Campoo. Los vecinos y uno de los ganaderos afectados aseguran que las aves carroñeras “destrozan” los tejados, levando tejas y provocando otros desperfectos que necesitan arreglo.

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Luis Javier Mencía nos muestra la finca pegada a su casa donde tiene continuos ataques de lobo
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Una vaca muere en un cercado dentro del pueblo de Soto y los buitres acuden de inmediato

 

También nos han trasladado que en distintas zonas de Cantabria, sobre todo en los valles de Liébana, Cabuérniga, Soba y zona de Campoo, los buitres han proliferado en número y ocasionan daños al ganado vivo. Concretamente, los buitres descienden cuando se produce un parto en una zona abierta y comienzan a comerse a la cría que está naciendo y las entrañas de la madre. Al parecer, esta situación cada vez es más usual en los meses de nacimientos porque hay más buitres que antes y además coincide con la cría de sus polluelos.

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Una yegua se puso de parto en uno de los montes del valle de Soba donde están las buitreras

Existe una normativa para la regulación de alimentación de aves necrófagas desde 2012, una orden densa y con una carga burocrática que la hace muy poco práctica

La orden GAN/30/2012 pretende establecer una regulación en la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre necrófaga con subproductos animales no destinados al consumo humano procedentes de explotaciones ganaderas en las zonas de protección en Cantabria. Antes de la enfermedad de las vacas locas, cuando un animal moría en el monte era aprovechado por el buitre común, el milano real, milano negro u otras especies carroñeras facultativas como el oso pardo, el lobo o el águila real.

Sin embargo, los cadáveres de los animales procedentes de las explotaciones ganaderas en régimen extensivo, representaban un riesgo potencial para la sanidad animal, la salud pública y el medio ambiente cuando aparecieron las encefalopatías espongiformes transmisibles (EETs), entonces se implementó un plan de choque para erradicar esta enfermedad. Entre las herramientas para frenar las encefalopatías, estaba la de recoger los cadáveres de animales muertos, con el fin de no seguir contagiando la enfermedad a lo largo de la cadena alimentaria de otras especies.

Según se comunica en la orden que regula la alimentación de aves necrófagas, este hecho ha podido modificar el comportamiento de las especies carroñeras y sus parámetros demográficos. Quizá, por esto los buitres cada vez se acercan más a zonas pobladas donde ven alguna posibilidad de búsqueda de alimento, además si a esto se le suman los ataques de lobos, que se reiteran en algunas fincas cercanas a los pueblos, los buitres lo asocian a comida. Con la entrada en vigor de un reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y se deroga el anterior reglamento que era muy restrictivo, porque estaba diseñado para combatir la enfermedad de las vacas locas.

En la presente orden también se avisa de que dejar los cadáveres en el terreno para aprovechamiento de los buitres, puede suponer un riesgo sanitario para la transmisión de enfermedades como la tuberculosis o brucelosis. Según la ordenanza, el traslado de ganado rumiante a las zonas de protección para alimentación de especies necrófagas de interés comunitario se deberá efectuar con la preceptiva autorización sanitaria, expedida cuando en la explotación de origen no se hayan detectado casos de tuberculosis, ni de brucelosis.

Definiciones importantes para entender conceptos

Zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario: son las zonas en las que se autorizará la alimentación dentro de los límites de los montes del Catálogo de Utilidad Pública (CUP) que cumplan los criterios para la designación de las zonas de protección para la alimentación de estas especies. Para consultar los montes hay que acceder al anexo II de la orden que está colgada en la página web www.asajacantabria.com, en la sección llamada ‘legislación’. Todos los términos municipales rurales de Cantabria tienen destinados zonas para solicitar este permiso, prácticamente en todos los municipios hay un espacio o varios destinado para este fin (consultar la página web). Las zonas de protección tendrán una vigencia de 5 años.

Zona de depósito: lugar de las zonas de protección donde se podrán dejar los cadáveres.

Requisitos para autorizar el uso de cadáveres animales para alimentar a las aves carroñeras:

  • Categoría 1: cuerpos enteros o partes de rumiantes que tengan material especificado de riesgo.
  • Categoría 2: cadáveres de animales de producción de distintos rumiantes.

Se deberá detallar la zona o zonas de depósito de cadáveres para los casos que sea preciso el traslado de los mismos desde las explotaciones ganaderas y estas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar a 200 metros de los puntos de alimentación suplementaria de ganado, ungulados silvestres y las zonas cultivadas.
  • A 200 m de vallados propios de explotación, 1.000 m de tendidos eléctricos y 4.000 m de aerogeneradores.
  • A 200 m de carreteras y caminos transitados y de construcciones humanas no habitadas y a más de 500 m de viviendas humanas y establos de animales.

(Más detalles en la orden)

¿Cómo puedo solicitar una zona para dejar los cadáveres de mis animales muertos?

  • Sólo se podrán dejar los cadáveres prioritariamente entre el 1 de marzo y 31 de agosto.
  • El ganadero titular de la explotación tendrá que presentar una instancia de la zona con derecho de aprovechamiento de pastos en vigor y esto tendrá que estar aprobado, al tratarse de zonas comunales, por la junta vecinal y con el beneplácito de los integrantes.
  • El lugar que solicite el ganadero tiene que estar contemplado en las zonas especificadas en el anexo II de la orden, que está publicada en la web de ASAJA Cantabria.
  • Las solicitudes se pueden presentar por correo electrónico (email) y los medios ordinarios, que deberán dirigirse a la Dirección General de Ganadería y en ellas deben constar los siguientes datos:
  1. Nombre, dirección postal, teléfono, DNI/NIF y firma del ganadero titular de la explotación con derecho a aprovechamiento de pastos en vigor, de la zona donde pasta su ganado, en los que se solicita la zona de protección para la alimentación de las especies necrófagas.
  2. Nombre, dirección postal, teléfono, DNI/NIF de la entidad promotora de la declaración.
  3. Localización geográfica de la zona de protección (ver el Anexo II).
  4. Certificado expedido por la entidad propietaria de los terrenos de Utilidad Pública.
  5. Código de identificación de explotaciones que vayan a aportar animales de categoría 1.
  6. Compromiso escrito del gestor de la zona de protección.

Supuestos:

  • Si el animal muere en la explotación, el titular deberá comunicarlo a la Dirección General de Ganadería, a través de Sanidad Animal, para trasladarlo a la zona acotada.
  • Si los animales mueren cuando se encuentran en la zona de protección (lugar acotado) se podrán dejar ahí mismo. Habrá que comunicarlo igualmente a Sanidad Animal del Gobierno para que quede constancia.
  • El aporte de cadáveres por parte de las entidades gestoras que tendrán que comunicar a Sanidad cantidad etc.

ASAJA considera que la orden es “complicada y requiere demasiados trámites para un ganadero”

Esta Asociación, tras las quejas que ha recibido de muchos ganaderos ha querido dar un impulso informativo a esta orden, pero también aprovecha para solicitar que se simplifique la carga burocrática. Asimismo, conviene hacer un análisis de la población de buitres y valorar la posibilidad de hacer culling (quita de huevos) para que la población no continúe en expansión. Según datos facilitados por la consejería de Medio Rural, en el año 1989 había un total de 194 parejas en Cantabria; en 2008, 402 parejas. En 2015, las 448 parejas se distribuyen así: 113 en líebana, 54 en Campoo-Valderredible, 274 en la zona oriental: Castro Urdiales, Asón, Liendo… Y 7 parejas dispersas. Actualmente, hay un total de 896 ejemplares de buitre común. Curiosamente, el aumento de la población coincide con la conocida enfermedad de ‘Las vacas locas’.

Nadie ha solicitado dejar los animales en el monte

Personal de la consejería de Medio Rural informa de que nadie ha solicitado estas zonas de protección para dejar los animales que estén en extensivo que aparecen en la orden. Sólo se pidió en la zona de Soba, pero se denegó porque era con fines turísticos.

Evolución de daños de buitres al ganado

En este 2016 se están produciendo diversos daños al ganado por buitres, en menos de medio año se han presentado 68 partes, un número que casi alcanza a la totalidad de reclamaciones del año 2015, que fueron 70. Los datos facilitados por la consejería de Medio Rural son los siguientes:

  • 2011: 144
  • 2012: 75
  • 2013: 89
  • 2014: 95
  • 2015: 70
  • 2016 (lo que va de año): 68

*Muchos ganaderos se quejan de que a veces no pueden dar ningún parte porque ya no quedan rastros del animal para hacer la valoración de daños. Este mismo problema ocurre con el lobo*.

El buitre y su relación con la sanidad animal

Cantabria aumenta la prevalencia de la tuberculosis de 0,7% al 1,38%

Uno de los problemas de dejar los cadáveres en el monte es la relación que esto puede tener en la propagación de enfermedades como la tuberculosis. Ahora que ha habido un repunte en la prevalencia de esta enfermedad, que ha pasado de estar por debajo del 1% a situarse en el 1,38%, se extremarán las medidas y las zonas en las que esté vigente el programa de erradicación de tuberculosis, no podrán dejar los animales para alimentar a las aves necrófagas. Además, según la normativa vigente, aquellas explotaciones que no tengan una cabaña ganadera “sana” no podrán solicitar el depósito de restos.

No obstante, Christian Gortázar (Jefe del grupo SaBio (Sanidad y Biotecnología) del IREC) asegura que hay una alternativa que se podría estudiar para cumplir el propósito de alimentar a las aves necrófagas, para así evitar daños en el ganado, mediante la instalación de muladares portátiles con pastores eléctricos, para que el principal transmisor de la tuberculosis, el jabalí, no tenga acceso a vísceras. El buitre no es una especie que transmita la tuberculosis, de hecho, una de las ventajas de tener una población aceptable de buitres es poner freno a que se propaguen enfermedades como la tuberculosis y brucelosis.

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El jabalí es el mayor transmisor de tuberculosis

Enlace a la ordenanza: https://www.asajacantabria.com/orden-gan302012-de-4-de-mayo-por-la-que-se-regula-la-alimentacion-de-determinadas-especies-de-fauna-silvestre-necrofaga-con-subproductos-animales-no-destinados-a-consumo-humano-procedentes-de-expl/

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